En noviembre del año pasado, en una sentencia posiblemente histórica, la Corte Suprema cuestionó el sistema de monopolio sindical al establecer que no es necesario que un trabajador esté afiliado a un sindicato con personería gremial para poder aspirar a representar como delegado a sus compañeros. Esta posición acaba de ser recogida, por primera vez desde entonces, por la Cámara de Apelaciones del Trabajo, que volvió a declarar que el tradicional precepto de un sindicato por actividad -uno por camioneros, uno por metalúrgicos, uno por gastronómicos- viola el derecho a la libertad sindical.Aquella decisión de la Corte, unánime, había favorecido a un grupo de afiliados a Personal Civil de las Fuerzas Armadas (PECIFA), organización vinculada a la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE); este fallo de la Sala IV de la Cámara Laboral benefició a empleados de ATE a los que el ministerio de Trabajo les negaba la posibilidad de constituir una junta de delegados en el seno de la Asociación Gremial de Obreros y Empleados del CEAMSE, que reporta a la CGT oficial. La conclusión es la misma: la inconstitucionalidad del inciso ‘a’ del primer artículo de la ley de Asociaciones Sindicales, que reza que para representar a los trabajadores ante el empleador es necesario “estar afiliado a la respectiva asociación sindical con personería gremial y ser elegido en comicios convocados por ésta”.En este nuevo caso, los afiliados a ATE quisieron celebrar elecciones en la filial metropolitana del sindicato de CEAMSE, en 2004, y la cúpula del gremio se los impidió. El director nacional de Asociaciones Sindicales del Ministerio hizo lugar a esa impugnación y dejó sin efecto la celebración de los comicios; ATE respondió con un recurso jerárquico ante el propio ministro y tampoco tuvo suerte. Fue ahí cuando intervino la Cámara, que -como la Corte hace seis meses- privilegió tratados internacionales de derechos humanos, desde el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales hasta Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), por sobre la Ley 23.551.El esquema sindical argentino es de ‘univocidad promocionada’. Si bien técnicamente se permite que haya dos o más sindicatos por actividad, sólo uno -el que detenta la personería gremial- es el que representa a los trabajadores de su rama. Esto choca con el artículo 14 bis de la Constitución y con los principios de organización libre y democrática, dijo la Corte en el fallo ‘ATE’.Semejante apertura también obligaría a replanteos a los empresarios. El mayor pluralismo dará ingreso a nuevos actores. No hay indicios de que la opositora Central de Trabajadores Argentinos (CTA) o los nuevos sindicatos -hoy discriminados, en los términos de la sentencia de la Corte- sean negociadores más dóciles que los tradicionales.Este fallo de la Cámara (‘Ministerio de Trabajo c/Asociación Gremial Obreros y Empleados de CEAMSE s/ sumario’) se basa en un voto del juez Héctor Guisado al que adhiere su colega Oscar Zas. Guisado recuerda que, no bien la Argentina adhirió a los Convenios de la OIT, la Comisión de Expertos del organismo recordó que la legislación nacional está diseñada de modo tal que el sindicato con personería gremial tiene más ventajas que las admisibles (‘en materia de representación en las negociaciones colectivas, en la consulta por las autoridades y en la designación de delegados ante los organismos internacionales’) y, en la práctica, el resto de los trabajadores y sus organizaciones -los que no gozan de ese reconocimiento oficial de la personería gremial- se ven discriminados.La decisión de la Corte y esta de la Sala IV se limitan, como siempre, a sus protagonistas. Pero los demás jueces del fuero laboral posiblemente sigan este camino en expedientes sucesivos. Y en el más largo plazo, esta línea jurisprudencial debiera llevar a reformas legales que admitan sin privilegios la creación de más de un sindicato por actividad. Esto cambiaría las reglas de juego en el sindicalismo argentino y -sobre todo- mellaría la base de sustentación de la CGT; situación impensable hoy, cuando el secretario general de la central obrera oficial, el camionero Hugo Moyano, recibe de la presidenta Cristina Fernández tanto elogios públicos como candidaturas a legisladores nacionales para su tropa.
Fuente: http://www.cronista.com/notas/187768-un-nuevo-fallo-cuestiona-el-sistema-sindicato-unico-actividad
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